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Médico Investigador Docente Proyectos de tesis y análisis estadístico

HABLEMOS DE SALUD Y DESARROLLO ECONOMICO SOCIAL (SADES-UNEFA) PARTE II

15 Mayo 2009 , Escrito por Maiqui Flores Etiquetado en #EDUCACIÓN

MAIQUI FLORES

Docente Sades UNEFA

LOGO-UNEFA.jpgNúcleo Maracay

PLANIFICACIÓN :

Definición de Stoner, 1996: “Es el proceso de establecer metas y elegir medios para alcanzar dichas metas”

Definición Ortiz: “Es el proceso que se sigue para determinar en forma exacta lo que la organización hará para alcanzar sus objetivos”

Definición Sisk: “Es el proceso de evaluar toda la información relevante y los desarrollos futuros probables, da como resultado un curso de acción recomendado: un plan”

Definición de Goodstein, 1998: “Es el proceso de establecer objetivos y escoger el medio más apropiado para el logro de los mismos antes de emprender la acción”

 

SON COMPETENCIAS DEL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO:

 

  • La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de planificación y desarrollo institucional;

 

  • La formulación y seguimiento del Plan de la Nación, del Plan Operativo Anual y del Plan de Inversiones Públicas.

 

  •  La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de la función pública;

 

  • La vigilancia y evaluación de los programas y proyectos de asistencia técnica que se ejecuten en el país;

 

 

¿QUÉ ES LA ONAPRE?

 

La Oficina Nacional de Presupuesto es el órgano rector del Sistema Presupuestario Público, creado con la finalidad de cumplir las atribuciones que le confiere el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP, Gaceta Oficial N° 37.029, del 5 de septiembre de 2000).

 

¿QUÉ ES PLAN OPERATIVO ANUAL NACIONAL (POAN)?

 

Según Ministerio de Planificación y Desarrollo Mayo 2007:

 

Plan Operativo Anual Nacional es un esfuerzo de planificación estratégica y programación presupuestaria por proyectos, es el la programación de actividades que los Ministerios e instituciones se comprometen a ejecutar en un año fiscal.

 

SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA

 

ORGANO  PLANIFICADOR,   OBJETIVO, INTEGRACIÓN

 

Consejos Comunales

(Art. 8 de la Ley de CLPP)            Unidad primera y última del sistema de planificación nacional participativa.  Es la instancia nuclear del sistema democrático quienes demandan las necesidades de la comunidad.            Son diversas organizaciones sociales que integran una comunidad y están delimitados por un ámbito espacial. (Todos sus integrantes son Sociedad Civil Organizada)

 

Consejos Parroquiales

(Art. 8 de la Ley de CLPP)            Encargados de recibir y estudiar todos los diagnósticos, jerarquización y proyectos, provenientes de los Consejos de Planificación Pública Comunal. Delegados o voceros comunales, electos en asamblea de ciudadanos (as), que integran toda la parroquia (sociedad civil) e integrantes institucionales el concejal por circuito y el jefe parroquial.

 

Consejos Locales de Planificación Pública. (Art. 182 CRBV)            Es el órgano superior de planificación integral del municipio (…) estructurado con el fin de formular políticas, planes y proyectos de producción y de inversión pública. Integrados por los representantes institucionales alcalde, concejales y presidentes de juntas parroquiales y una mayoría de sociedad civil como lo son consejeros elegidos en la comunidad y los sectores del municipio  de las diferentes parroquias.

Consejos Estadales de Políticas Públicas (Art. 166 CRBV)            Está encargado  de la articulación de los planes del Estado a los fines de alcanzar el desarrollo armónico, equilibrado y sustentable de cada entidad federal.             El gobernador, alcaldes, diputados del estado en cuestión, directores de los ministerios  y voceros de la  sociedad civil organizada.

Consejo Federal de Gobierno (Art. 185 CRBV)            Encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del poder nacional a los estados y municipios.            Estará presidido por el Vicepresidente Ejecutivo e integrado por los Ministros o Ministras, los Gobernadores o Gobernadoras, un Alcalde o Alcaldesa por cada Estado y representantes de la sociedad organizada, de acuerdo con la ley.


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