REGLAMENTO GENERAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DOCENTE HOSPITAL CENTRAL DE MARACAY ARAGUA VENEZUELA 2.020
La Secretaria Sectorial del Poder Popular para la Salud, La Corporación de Salud, organismo rector del Sistema Público de Salud del Estado Aragua, a través de la Coordinación Docencia, Investigación y Extensión del Hospital Central de Maracay adscrita a la Dirección Regional de Investigación y Educación, y con la aprobación de la Dirección Regional de Hospitales, presentan el “PROYECTO DEL REGLAMENTO GENERAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DOCENTE HOSPITAL CENTRAL DE MARACAY” que establece las normas generales de regulación mediante las cuales debe regirse la organización y funcionamiento de nuestro centro de mayor complejidad de atención médica del estado.
El Reglamento se sustenta en los principios consagrados en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en los preceptos en el Plan Nacional de Salud y en las demás leyes y reglamentos que guardan relación con la materia. Así mismo, se inserta en los lineamientos de la Ley Plan de la Patria 2020- 2025 en su propósito de transformar las condiciones de calidad de vida de la población venezolana.
Por lo antes expuesto es imperativo desarrollar y consolidar el Sistema Público Nacional de Salud y que todos los establecimientos asistenciales garanticen la Atención Integral en Salud de acuerdo a los valores y principios de accesibilidad, universalidad, gratuidad, solidaridad, integración social, participación activa y protagónica, intersectorialidad, pertinencia cultural y lingüística, calidad, calidez, humanismo, corresponsabilidad, eficiencia y eficacia, que garanticen el derecho a la salud y el vivir bien de los ciudadanos y ciudadanas.
En tal sentido el Reglamento General del Servicio Autónomo Docente Hospital Central de Maracay (SADHCM) contempla una estructura organizativa centrada en el usuario, compuesta por cinco niveles: nivel directivo estratégico, nivel ejecutivo, nivel operativo, nivel asesor y nivel de apoyo, tomando en consideración el nivel de complejidad y especialización, determinado por la capacidad resolutiva en cuanto a recursos humanos, materiales y financieros.
El Nivel Directivo Estratégico, conformado por el Consejo Directivo y la Dirección General, introduce un nuevo concepto de gestión al incorporar a los trabajadores(as), a los profesionales en formación (residentes) y a un comisionado del Gobernador del Estado como parte del gobierno del hospital, para que ejerza su poder de decisión, intervención y control en la formulación, planificación y regulación de los planes, proyectos y programas, haciendo posible el compromiso para la resolución de los problemas de salud, favoreciendo así la visión estratégica en las organizaciones hospitalarias.
El Nivel Ejecutivo, constituido por la Subdirección de Gestión Clínica y la Subdirección de Gestión Administrativa tienen la responsabilidad de garantizar la coordinación y el desarrollo de los procesos de atención integral de salud y los procesos administrativos, financieros y de recursos humanos respectivamente.
El Nivel Operativo: Es el responsable de la ejecución de las acciones de salud; el funcionamiento de la ingeniería; la gerencia de las tecnologías aplicadas en salud; el mantenimiento y conservación de las condiciones ambientales; la administración financiera, patrimonial, de personal y la gestión del conocimiento y la investigación, Conformado por la Gerencia de Mantenimiento e Infraestructura, la gerencia de Saneamiento Ambiental, la Gerencia de Administración Financiera, la Gerencia de talento Humano, la Gerencia de Docencia Investigación y Extensión. El nivel operativo también contempla los departamentos, servicios y unidades clínicas- quirúrgica y registros médicos y estadísticas de salud.
El Nivel de Apoyo, es el encargado de prestar asistencia técnico-administrativa a los demás niveles de la institución, es de carácter multidisciplinario, compuesto por: adjunto a la dirección, la unidad de asesoría legal, la unidad de epidemiología hospitalaria, la unidad de control de gestión, la unidad de informática, la unidad de comunicación e imagen institucional, la unidad de atención al usuario, la unidad de vigilancia y seguridad y la unidad de promoción social.
El Nivel Asesor: es el responsable de participar en el análisis de la gestión proponiendo alternativas para mejorar el desempeño y la calidad de los servicios de salud. Integrado por el comité de investigación y bioética, comité de calidad de atención y seguridad del paciente, consejo académico, comité de salud materno infantil, el comité de usuarios y contraloría social, comité terapéutico y protocolo, comité de infecciones asociadas a la atención en salud.
En cada uno de los niveles, se define el rol en la organización, así como la dependencia técnica y administrativa y las atribuciones generales, constituyéndose estos elementos en la plataforma que orienta las funciones y actividades en los establecimientos.
Bajo esta perspectiva, se crean las bases para la elaboración del Reglamento Interno y el Manual de Organización y Funcionamiento Hospitalario, instrumentos necesarios para regular el proceso de gestión en cada una de las sub direcciones, gerencias, departamentos, servicios y unidades.
Por otra parte, se incorporan los derechos y los deberes tanto de los participantes de los programas académicos de formación de postgrado clínicos- quirúrgicos- gerenciales, como de los pacientes y sus acompañantes, partiendo del derecho constitucional de la salud que tienen todas las personas, como derecho social fundamental y parte del derecho a la vida. Ante lo expuesto, el Ministerio del Poder Popular para la Salud tiene la responsabilidad de controlar y velar en el ámbito nacional, estatal, municipal o comunal el estricto cumplimiento del presente reglamento a través de las instancias administrativas correspondientes.
Si usted esta interesado en el documento completo favor solicitarlo a: maiquifloresmeneses@gmail.com